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IF 16122301 ¿Cuáles son los depósitos garantizados por fogade? ¿Cuál es el monto de la garantía?

El fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios garantiza los depósitos del público en moneda nacional, hasta un monto de 30.000 Bs por depositante en una institución bancaria

Comentarios

  1. Los depósitos garantizados por fogade son los que permanecen en moneda nacional en las instituciones bancarias del país, como depósitos a la vista, de ahorro, a plazo fijo, certificados de ahorro, certificados de depósitos a plazo y bonos quirografarios, todos ellos nominativos, también aquellos otros instrumentos financieros nominativos de naturaleza similar a los enumerados anteriormente, que califique a estos fines el Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional.

    El monto de garantía de los depósito en moneda nacional por depositante en una misma institución bancaria es hasta Bs. 30000, y si tiene varias cuentas en un mismo banco sumará el total de sus depósitos garantizados en la institución y le pagará un monto máximo de Bs. 30000

    Maryory E. Urbina R. C.I. 19.133.576 Exp 60377 3ero K Contaduría Pública Instituciones Financieras.

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  2. aquellos mantenidos en moneda nacional, en las instituciones bancarias domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela, que adopten la forma de depósitos a la vista, de ahorro, a plazo fijo, certificados de ahorro, certificados de depósitos a plazo y bonos quirografarios, todos ellos nominativos, así como, aquellos otros instrumentos financieros nominativos de naturaleza similar a los enumerados anteriormente, que califique a estos fines el Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional.

    El Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios garantiza los depósitos del público en moneda nacional, hasta por un monto de Treinta Mil Bolívares (Bs. 30.000,00) por depositante en una misma Institución Bancaria, domiciliada en la República Bolivariana de Venezuela, cualesquiera que sean los tipos de depósitos garantizados que su titular mantenga. MERLYN YUSLIN PAZ FIGUEREDO CI:23403439 2"C" CONTADURÍA PUBLICA

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  3. s aquel efectuado en bolívares, por persona natural o jurídica, en las instituciones financieras constituidas en la República Bolivariana de Venezuela, las cuales son regidas por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras. También están garantizados por FOGADE los depósitos realizados por compañías de seguros, las arrendadoras financieras y los entes de la Administración Pública Descentralizada, excluyendo los depósitos efectuados por el Gobierno central y los Gobiernos estadales y municipales, así como los depósitos interbancarios.
    Eduardo Pernia CI:21001712
    3eroK contaduria publica nocturno

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  4. ¿ Depositos garantizados por Fogade ?
    Son depósitos del público garantizados por el Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios, aquellos mantenidos en moneda nacional, en las instituciones bancarias domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela, que adopten la forma de depósitos a la vista, de ahorro, a plazo fijo, certificados de ahorro, certificados de depósitos a plazo y bonos quirografarios, todos ellos nominativos, así como, aquellos otros instrumentos financieros nominativos de naturaleza similar a los enumerados anteriormente, que califique a estos fines el Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional.
    ¿ Cual es el monto de garantia ?
    El Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios garantiza los depósitos del público en moneda nacional, hasta por un monto de Treinta Mil Bolívares (Bs. 30.000,00) por depositante en una misma Institución Bancaria, domiciliada en la República Bolivariana de Venezuela, cualesquiera que sean los tipos de depósitos garantizados que su titular mantenga.
    Jackelin Molina
    V14265600
    3ero K Contaduria Publica
    Exp 62940

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  5. Los depósitos garantizados por fogade son los que permanecen en moneda nacional en las instituciones bancarias del país, como depósitos a la vista, de ahorro, a plazo fijo, certificados de ahorro, certificados de depósitos a plazo y bonos quirografarios, todos ellos nominativos, también aquellos otros instrumentos financieros nominativos de naturaleza similar a los enumerados anteriormente, que califique a estos fines el Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional.

    El monto de garantía de los depósito en moneda nacional por depositante en una misma institución bancaria es hasta Bs. 30000, y si tiene varias cuentas en un mismo banco sumará el total de sus depósitos garantizados en la institución y le pagará un monto máximo de Bs. 30000
    Albani Leonor Perez Guerrero Exp:6680 2do "C" Contaduria Publica

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